Beneficio Aporte Previsional Solidario SP, Chile
¿A quienes va dirigido?
Beneficio dirigido a ciudadanos chilenos y que posean una pensión menor a la pensión mínima establecida en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo.
(Para mayor información y conocer cual es la pensión mínima establecida en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo (IPS). Dirigirse al siguiente enlace:
Montos de pensiones mínimas y básicas solidarias)
Montos de pensiones mínimas y básicas solidarias)
¿Quiénes tienen derecho?
- Personas sobre 65 años de edad, o declarados inválidos por las Comisiones Médicas, que hayan cotizado en AFP pero que cuenten con un saldo insuficiente para financiar una pensión de $ 317.085 monto que corresponde a la Pensión Máxima con Aporte Solidario.
- Los pensionados por vejez, por invalidez o sobrevivencia del antiguo sistema de pensiones (IPS) cuya pensión sea menor.
Requisitos
- Mayores de 65 años para el APS de vejez y entre 18 y 65 años para el de invalidez.
- Pertenecer al 60% más pobre de la población.
- Cumplir requisitos de residencia.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares y tener 1.206 puntos o menos de Puntaje de Focalización Previsional, determinado a través de este instrumento.
- Acreditar residencia en el territorio chileno por un periodo de 20 años (continuos o discontinuos) desde los 20 años de edad.
- Haber vivido en Chile cuatro,de los cinco años previos a la solicitud.
- Para el caso del APS de invalidez, contar con el dictamen de invalidez emitido por las Comisiones Médicas.
Monto del beneficio
El monto tendrá variaciones en cada caso, de acuerdo a la diferencia entre la pensión que recibe el beneficiario y la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS): $ 317.085
Estimado Guillermo:
ResponderEliminarJunto con saludar, quiero comentarte que leí tu blog y es un tema interesante. Tengo una inquietud y me gustaría que fuera respondida...
Que pasa con aquellas personas que por motivos personales no han podido trabajar y mucho menos poder afiliarse a algún sistema de pensiones?
Esperando una pronta respuesta
Saludos!
Estimada Ruth
EliminarJunto con saludar, en relación a tu inquietud, aquellas personas que no han trabajado y que inclusive no han podido afiliarse a ninguno de los dos sistema previsionales. Existe la posibilidad para el ahorro previsional voluntario (APV), la cual permite a la persona aportar recursos monetarios a su cuenta persona a fin de tener una base minima de pension. Además, aquellas personas que no se encuentren afiliadas a ningún sistema previsional pueden acercarse a una de las administradoras de fondos de pensiones
existentes en Chile con los datos requeridos y afiliarse de forma voluntaria: Es decir, toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada a partir de octubre de 2008, puede afiliarse al Sistema de Pensiones del D.L. 3.500.
Guillermo:
EliminarAgradezco la rapidez de su respuesta, mi duda ha quedado más que aclarada.
Saludos cordiales!